CONVOCATORIA DE BECAS PARA COMPLEMENTAR PROGRAMAS DE MOVILIDAD ERASMUS +/ CICLO SUPERIOR FORMATIVO Y PRÁCTICAS FORMATIVAS 2025/2026.
La convocatoria tiene por objeto sufragar los posibles gastos ocasionados por realizar los Programas de Movilidad ERASMUS + / Ciclo Superior Formativo o Practicas Formativas fuera de la isla durante el curso académico 2025/2026, de forma PRESENCIAL.
OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS
¿CÓMO OBTENER EL CERTIFICADO DIGITAL?
Línea Programa de Movilidad Erasmus+: programa financiado por la Unión Europea, orientado a la movilidad internacional y al desarrollo de competencias académicas y profesionales.
Línea Programa de prácticas convencional: programa de carácter nacional o institucional, no vinculado a iniciativas europeas de movilidad ni a financiación de la Unión Europea.
Para la línea de COMPLEMENTO AL PROGRAMA ERASMUS+: TRESCIENTOS EUROS (300,00 EUROS) al mes, con un importe máximo de tres meses, esto es, de NOVECIENTOS EUROS (900,00 EUROS).
Para la línea de PRÁCTICAS FORMATIVAS: DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250,00 EUROS) al mes, con un importe máximo de tres meses, esto es, de SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (750,00 EUROS).
Para presentar la solicitud de beca es necesario que el solicitante cuente con un Certificado Digital.
Debe poner la fecha de inicio y de fin que se recoge en el Certificado de haber sido seleccionado como alumno/a en el marco del correspondiente Programa de Movilidad o Prácticas formativas en el curso 2025/2026.
Si has indicado las fechas incorrectas, debes ponerte en contacto con el equipo de becas del Cabildo de Gran Canaria por el correo becascabildograncanaria@fulp.es, para que te indiquen cómo proceder.
Si has indicado las fechas incorrectas, debes ponerte en contacto con el equipo de becas del Cabildo de Gran Canaria por el correo becascabildograncanaria@fulp.es, para que te indiquen cómo proceder.
Cuando presente correctamente la solicitud, le llegará un correo de confirmación indicándole las modalidades solicitadas.
En el apartado «Mi solicitud».
En el documento de solicitud que se genera y podrá encontrar en el apartado «Documentación».
Las personas solicitantes deberán aportar la documentación que demuestre que cumplen con los requisitos de la convocatoria (en formato PDF).
En el formulario de solicitud de beca, en el apartado “documentación” le aparecerá documentación mínima que deberá presentar según las particularidades de su expediente.
Podrá aportarla en la plataforma en el apartado «Documentación».
Si se trata de un documento adicional, debe presentarlo por medio del botón «Añadir otra documentación».
En el caso de no poder acreditar la independencia económica y depender de una persona distinta a los padres, debe aportar adicionalmente:
El art. 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece:
4. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
A estos efectos, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente